La provincia de Buenos Aires lanza una moratoria impositiva con rebajas de hasta el 40% y la fija como llave para los descuentos de 2027
El régimen de ARBA se extenderá desde el 26 de octubre hasta el 31 de diciembre y alcanzará a Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotor y Embarcaciones Deportivas. Los porcentajes de quita varían según la etapa de adhesión y la modalidad de pago elegida por el contribuyente.
A partir del 26 de octubre y hasta el 31 de diciembre del corriente año, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires pondrá en marcha un régimen especial de regularización de deudas tributarias que contempla descuentos de hasta el 40% para aquellos contribuyentes que opten por cancelar la deuda al contado durante la primera etapa. La iniciativa, anunciada por la administración bonaerense, alcanza a obligaciones vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2025, incluso aquellas que se encuentren en instancia prejudicial, judicial o bajo proceso de fiscalización. Asimismo, se podrán incorporar al plan las deudas que se generen durante 2026, con la excepción del impuesto de Sellos.
Tributos comprendidos en el régimen
- Ingresos Brutos, el gravamen provincial que recae sobre la facturación de actividades comerciales, industriales y de servicios.
- Impuesto de Sellos, tributo que se aplica sobre actos, contratos y operaciones formalizados en instrumentos públicos o privados.
- Inmobiliario Básico y Complementario, los gravámenes que pesan sobre la propiedad inmueble radicada en territorio bonaerense.
- Automotor, el tributo que grava la tenencia de vehículos radicados en la provincia.
- Embarcaciones Deportivas, el gravamen aplicable a las embarcaciones de uso recreativo registradas en la jurisdicción.
El beneficio varía según la etapa de adhesión y la modalidad de pago elegida por el contribuyente, tal como se detalla a continuación.
Escala de descuentos según etapa y forma de pago
- Primera etapa, del 26 de octubre al 13 de noviembre: 40% de descuento para pago al contado; 20% en tres cuotas; 15% en seis cuotas.
- Segunda etapa, del 14 al 27 de noviembre: 35% al contado; 15% en tres cuotas; 10% en seis cuotas.
- Tercera etapa, del 28 de noviembre al 11 de diciembre: 30% al contado; 10% en tres cuotas; 5% en seis cuotas.
- Cuarta y última etapa, del 12 al 31 de diciembre: 30% únicamente para pago íntegro al contado.
En todos los casos, la quita aplicable no podrá superar el monto del capital adeudado, de modo que el beneficio opera sobre el componente adeudado sin extenderse a los accesorios por encima de ese tope. Para quienes necesiten un plazo mayor, ARBA recordó que mantiene disponibles sus planes de pago permanentes con mayor cantidad de cuotas, aunque sin los descuentos del régimen especial.
“El objetivo es que quienes tienen obligaciones pendientes cuenten con una herramienta concreta para regularizar su situación y puedan acceder a los beneficios previstos para quienes cumplen, en un contexto económico adverso y de mayores dificultades para el pago de impuestos.”Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA
La moratoria como condición para las bonificaciones de 2027
Un aspecto central del programa es su proyección hacia el año próximo: la regularización en el marco de esta moratoria quedará asociada al acceso a las bonificaciones impositivas que la provincia previera para 2027. En la práctica, no registrar deudas con el fisco provincial se transformará en un requisito ineludible para acceder a esos beneficios, por lo que quienes se adhieran al régimen y cancelen sus obligaciones antes del 31 de diciembre quedarán habilitados para esos descuentos el año siguiente. La condición introduce un incentivo adicional para los contribuyentes que proyecten aprovechar las quitas previstas en el calendario tributario venidero.
Modalidad de adhesión y pasos pendientes de confirmación
La adhesión al régimen se realiza de manera completamente digital a través del sitio oficial de ARBA, donde los contribuyentes pueden seleccionar el tributo a regularizar y consultar el estado de sus obligaciones. Hasta el cierre de esta nota, restaba confirmarse la fecha precisa de publicación del régimen en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, así como la eventual inclusión de precisiones adicionales sobre el tratamiento de los intereses resarcitorios y punitorios, el alcance de las exenciones para determinados sectores y el cronograma exacto de vencimientos de las cuotas en cada etapa.
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