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MAR, 03 NOV 2026
Economía

Un proyecto busca gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026

La iniciativa, que está en tratamiento parlamentario, eliminaría la exención vigente para estos certificados con una alícuota del 15%, sin efecto retroactivo sobre las carteras ya armadas.

AN
Ariel NasifEconomía y comercio · · lectura 2 min
Un proyecto busca gravar con Ganancias a los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026

La alícuota que se aplicaría a las operaciones con CEDEARs sería del 15%, según lo indicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios. El proyecto de ley, que todavía no fue aprobado, propone aplicar el impuesto a las Ganancias sobre estos certificados, que hoy quedan amparados por una exención.

Qué son los CEDEARs y por qué ganaron espacio

Los CEDEARs son certificados que se negocian en el mercado argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio sigue la cotización del activo subuyacente en su mercado de origen y también el valor del dólar financiero, una combinación que los volvió atractivos para ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

Qué cambia con la propuesta

  • Los CEDEARs pasarían a tributar Ganancias con el mismo criterio que una compra directa del activo extranjero, conocido como transparencia fiscal o look-through.
  • La alícuota prevista es del 15%.
  • La nueva regla regiría solo para los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.
  • Quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían alcanzados de forma retroactiva.

La diferencia que se pretende corregir es concreta. Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento. Con la reforma, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

Alcance para el inversor y trámite pendiente

Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento que obtenga y de la fecha en que haya comprado cada posición. Las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente. El texto aún debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley, y mientras tanto el régimen de exención sigue vigente.

¿Qué lugar ocupan los CEDEARs en el portafolio de quien los compra con la exención como uno de los atractivos del instrumento?

AN
Ariel NasifEconomía y comercio

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