Saltar al contenido
Jujuy OnJujuy On ⌕ Buscar
Dólar oficial $1.535,00 0,00%Dólar blue $1.555,00 +0,32%Dólar MEP $1.542,50 +0,18%Riesgo país 648 pb +4,18%
VIE, 16 OCT 2026
Policiales

Comienza a regir el nuevo régimen penal juvenil: imputables desde los 14 años y penas de hasta 15 años de prisión

La ley 27.801 entró en vigencia este sábado tras 180 días de su publicación en el Boletín Oficial. Establece un esquema de sanciones graduadas y deja afuera a al menos seis menores acusados de homicidio.

EQ
Estela QuispePoliciales y judiciales · · lectura 3 min
Comienza a regir el nuevo régimen penal juvenil: imputables desde los 14 años y penas de hasta 15 años de prisión

La ley 27.801, que establece el nuevo régimen penal juvenil en Argentina, entró en vigencia este sábado, 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial. La norma baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y dispone un sistema de sanciones escalonado según la gravedad del delito, según confirmaron fuentes judiciales consultadas por este medio.

Penas de hasta 15 años para los delitos más graves

El texto fija en 15 años la pena máxima para menores de edad, aunque permite que dos tercios de la condena se cumplan en libertad condicional, lo que reduce el encierro efectivo a un tope de diez años. Para los delitos considerados más graves, como el homicidio, la ley contempla tres modalidades de cumplimiento: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.

La privación de libertad queda reservada como última instancia y exige, para sustituirla por medidas alternativas, un dictamen pericial favorable, la conformidad del Ministerio Público Fiscal y la participación de la víctima en la audiencia. También se requiere que el adolescente no registre condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme.

  • To billera electrónica con monitoreo satelital.
  • Prohibición de concurrir a determinados lugares o de mantenerse en contacto con personas vinculadas al hecho.
  • Separación temporal del entorno familiar cuando se acredite que ese ámbito favorece la actividad delictiva.
  • Realización de tareas comunitarias o la incorporación a programas de educación o capacitación laboral.

Robos agravados: los jueces pueden evitar la prisión

Para delitos menores como hurtos o robos sin armas, la norma prioriza sanciones alternativas al encierro. Incluso en los robos agravados por el uso de armas de fuego, el juez conserva la facultad de reemplazar la prisión por las medidas previstas en la ley, siempre que se cumpla con los requisitos periciales y de intervención fiscal.

Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía permanecer internado en un instituto hasta cumplir los 18 años, pero sin antecedentes penales. Con la reforma, los adolescentes de entre 14 y 16 años que cometan delitos graves tendrán antecedentes y serán juzgados por la justicia penal ordinaria, aunque con un régimen procesal diferenciado y sanciones proporcionales a su condición de menores.

“La entrada en vigencia del nuevo régimen genera un cambio de paradigma: el adolescente deja de ser inimputable y pasa a tener responsabilidad penal con un sistema de sanciones propio, adaptado a su edad y a la gravedad del hecho.”Fuente judicial consultada por este medio

Seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance de la ley

Desde la sanción de la norma en el Congreso hasta su puesta en marcha, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen porque los hechos que se les imputan fueron cometidos antes de la entrada en vigencia. Los casos corresponden a hechos graves de público conocimiento en distintas jurisdicciones del país.

Entre los expedientes que no alcanzará la ley se encuentra el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en la localidad de Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años al momento del hecho, permanecen bajo custodia judicial, pero no serán sometidos a proceso penal ni podrán recibir una condena en los términos de la nueva ley, dado que el Código Procesal Penal de la provincia y la legislación vigente al momento del hecho les aseguraban el principio de irretroactividad.

Próximos pasos en la implementación

La puesta en marcha del nuevo régimen se completa con la adaptación de los sistemas procesales provinciales y la creación de centros especializados de detención para menores, obras que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ejecutar dentro de los plazos previstos en la propia ley. En lo inmediato, la justicia penal juvenil empezará a aplicar las nuevas escalas sancionatorias a partir de los hechos cometidos desde este sábado. Las causas en trámite por hechos anteriores se seguirán bajo la ley vigente al momento en que se habrían cometido los ilícitos.

EQ
Estela QuispePoliciales y judiciales

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo