Comida rápida: la escala salarial de octubre va de casi un millón a 1,86 millones de pesos básicos
El Convenio 329/2000 fija los sueldos de la rama Servicios Rápidos. Con presentismo, antigüedad y zona, el haber de bolsillo puede moverse fuerte respecto del básico convencional.
El piso salarial de los trabajadores de cadenas de comida rápida se ubica en $997.033 mensuales y el techo en $1.863.345, de acuerdo con la escala vigente en octubre de 2026 para la rama Servicios Rápidos del Convenio Colectivo de Trabajo 329/2000. La negociación paritaria mantiene la estructura por categorías y suma, sobre el básico, una serie de adicionales que terminan definiendo el salario de bolsillo.
Vamos a los números. El básico más alto corresponde a maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero, con $1.863.345. Un escalón abajo se ubican maestro facturero, oficial pastelero y rotisero fiambrero, con $1.498.412, seguidos por oficial y líder de mantenimiento, minutero y parrillero, con $1.311.043. Más abajo aparecen sandwichero, empleado administrativo y dependiente de mostrador ($1.246.146); ayudante de mantenimiento y empanadero ($1.245.100); ayudante pastelero, dependiente de helados, cafetero y auxiliar administrativo ($1.195.522); y, en el extremo inferior, sereno, lavacopas y peón de limpieza, carga y descarga, con $1.163.517. El último escalón está reservado al aprendiz menor de 18 años, con $997.033.
Los adicionales que engrosan el sueldo
Sobre esos básicos se aplican cuatro adicionales principales. El premio por concurrencia equivale al 14% de la remuneración nominal bruta mensual y lo cobran quienes completan todas las jornadas asignadas sin faltas injustificadas, por lo que se convierte en un incentivo fuerte a la asistencia perfecta. La antigüedad, en tanto, aporta un 1% del básico de la categoría por cada año trabajado en la misma empresa, con un piso de dos años para empezar a computarlo.
El trabajo nocturno, comprendido entre las 21 y las 6 horas, suma $685,60 por hora más un componente no remunerativo de $50,73 por hora, según la planilla de octubre. Para quienes se desempeñan en Río Negro y Neuquén se aplica además un suplemento por zona fría de $134.690,57 mensuales, más $5.306,81 no remunerativos, mientras que en Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y en las islas del Atlántico Sur el adicional equivale al 40% del básico de la categoría.
- Premio por concurrencia: 14% del bruto mensual, sin faltas injustificadas.
- Antigüedad: 1% del básico por cada año, a partir de los dos años.
- Hora nocturna: $685,60 remunerativos más $50,73 no remunerativos.
- Zona fría: $134.690,57 en Río Negro y Neuquén; 40% del básico en Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e islas del Atlántico Sur.
Comparado con el mes anterior, la escala mantiene la estructura de categorías pero actualiza los valores nominales, lo que en la práctica significa que los adicionales fijos, como la hora nocturna y la zona fría, también se recomponen. Frente a un año atrás, el cuadro muestra una recomposición acumulada que combina el impacto de la paritaria con la inflación del período, por lo que los básicos de octubre se ubicaron por encima de los registrados en igual mes de 2025, aunque la diferencia real depende del momento en que se haya cerrado cada tramo de la negociación.
La aclaración que el propio convenio repite es clave: los montos difundidos son básicos convencionales y el sueldo de bolsillo puede variar de manera significativa según la antigüedad, el horario y la provincia donde se preste efectivamente el servicio. Un cocinero con cinco años de antigüedad, jornada completa y presentismo perfecto en una ciudad patagónica puede terminar percibiendo un monto muy distinto al de un empleado recién ingresado en Buenos Aires, aun compartiendo categoría.
¿Cuánto terminan pesando, en definitiva, los adicionales sobre el sueldo que cada trabajador de comida rápida lleva a casa cada mes?
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.
Jujuy On