Ampliación del plan de pagos de ARCA: las pymes podrán regularizar deudas hasta octubre de 2026
La Resolución General 5924/2026 extiende la fecha de corte del régimen especial de facilidades y amplía el plazo de adhesión hasta el 30 de junio de 2027. La carga de nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » se habilitará desde el 16 de noviembre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que formaliza la ampliación del régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. La norma modifica dos fechas clave del esquema original: el límite de vencimiento de las obligaciones alcanzadas y el plazo para adherirse al plan.
Los cambios respecto del régimen original
El punto central de la resolución es el corrimiento de la fecha de corte. El régimen original contemplaba deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026; con la ampliación, ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. En paralelo, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué deudas incluye
- Micro y Pequeñas Empresas.
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Las obligaciones que pueden regularizarse abarcan deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. Las condiciones de financiación se mantienen sin cambios respecto del esquema original: las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes podrán acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tendrán un tope de 15 cuotas.
Cuándo estará disponible la carga de deudas
Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incluir obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través del servicio « Mis Facilidades » del organismo recaudador.
¿Cuántos contribuyentes con deudas vencidas entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2026 aprovecharán la nueva fecha de corte antes del cierre del plazo de adhesión?
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